DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA DESESTIMACIÓN, de la denuncia interpuesta por EDUARDO HERRERA y AURORA MARTINEZ, Venezolanos, Mayores de Edad, Concubinos, titulares de la cédula de identidad Nº: 10.924.436 y 10.624.713, respectivamente, residenciados en el Barrio La Morenera Calle 8, Vereda 09, casa N° 322 de esta ciudad de San Fernando de Apure, de conformidad con lo previsto en los Articulo 301 y 302, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que el enjuiciamiento, solo procede a instancia de parte agraviada. Firme como quede la presente decisión remítanse las actuaciones al Archivo Judicial. Notifíquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL.
ABG. JOSE LUIS SANCHEZ