este Tribunal en este acto CONDENA a la ciudadana KASSANDRA ROZANDRA PALMAS, CI: 15.983.410, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENSIONAL EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el 422 en su segundo aparte del Código Penal Venezolano, en perjuicio de MARCHENA REYES MANUEL MARTIN, observa el Tribunal que la Imputada en la presente causa se le sustituyo la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en fecha 02 de Noviembre de 2.009, por decisión dictada por este despacho, y se le impuso Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad en virtud que el Ministerio Publico no presento la acusación correspondiente en el lapso establecido por la ley, en razón de lo cual deberá se mantendrá la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad. Se condena igualmente a las penas accesorias a las de prisión prevista y sancionada en el artículo 16 ejusdem. Se absuelve de costas por ser la ju.....