PRIMERO: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, del ciudadano LETHER DANIEL GALINDO MARTINEZ, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-20.748.108, de conformidad con las previsiones del articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en franco respeto a la garantía contenida en el numeral 1°, del artículo 44, de la Constitución Patria; y siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo, la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal y acuerda se prosiga la presente investigación por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Se acoge la precalificación jurídica presentada por el fiscal del Ministerio Público, siendo esta de Robo de Vehículo previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley de Sobre el Hurto y Robo de Ve.....