Por todas las consideraciones de hecho y de derecho suficientemente expuestas, ME INHIBO de continuar conociendo de la causa N° 1C-5.994-04 según nomenclatura de este Tribunal, llevada en contra del ciudadano: PASCUALE ADAMO FERRARA, titular de la cédula de identidad N° 302.750, por la presunta comisión de uno de los delitos de Desacato a la Autoridad (testificación hecha por el Ministerio Público); donde se señala como victima el ciudadano Antonio Adamo Ferrara, de conformidad a las previsiones del artículo 86 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 87 ejusdem. En consecuencia remítase el legajo contentivo de la causa hasta el Tribunal de Control, extensión Guasdualito de este Circuito Judicial Penal, ubicado en el Municipio Páez del Estado Apure; e igualmente elévese la presente inhibición a la Corte de Apelaciones de este mismo Circuito Judicial Penal; todo ello a los fines de Ley consiguientes. Ofíciese. Cúmplase.
El JUEZ PRIMERO DE CON.....