UNICO: SIN LUGAR, la solicitud de la Abogada YELITZA MAYURY FERNANDEZ SOLORZANO, en su carácter de defensora privada del penado JOSE RAFAEL CABALLERO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.322.327, en el sentido de otorgarle una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad de las contempladas en el Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano en mención, de conformidad a lo establecido en los artículo 256 y 500 ejusdem; penado éste que quedará privado de su libertad hasta el posible otorgamiento de una de las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena, una vez que reúna los requisitos de ley . Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJCUCIÒN
ABG. YULI BALI ARVELO.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA GABRIELA FERRER
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA GABRIELA FERRER
Causa: 1E-548-99
YBA