DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Fundamento en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo Nº 62, ACUERDA: la solicitud de permiso planteada por el Defensor Privado a favor del penado: OSWALDO RAFAEL CAÑA, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.274.729, penado en la causa N° 1E-2655-12, para ser trasladado con las seguridades que el caso amerite hasta el Banco Bicentenario de Maracaibo Estado Zulia, con la finalidad de cobrar cheque de caución económica acordado por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, del cual es beneficiario, Dicho traslado se efectuará por el órgano legal y con las seguridades del caso. Remítase copia de la decisión al Director de la Cárcel de Sabaneta, Estado Zulia. Cúmplase.
LA JUEZ.....