D I S P O S I T I V A
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO, impuesta al penado: ADOLFO RAFAEL MORONTA, Titular de la Cedula de Identidad V-13.488.626, por cumplimiento de pena de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCION.
ABG. RAQUEL LAYA
LA SECRETARIA.
ABG. ANDREYLI UVIEDO
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede.
LA SECRETARIA.
ABG. ANDREYLI UVIEDO
Causa N° 1E-1914-09
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