DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: ACUMULAR la causa 1E-2775-13-10, a la causa 1E-2215-10 quedando distinguida por el N° 1E-2215-10 por la cual fue sentenciado el penado JOSE GREGORIO RAMOS OROPEZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.191.781, fecha de nacimiento: 09-DE Marzo 1988, residenciado en el sector la planta, vía la guamita, específicamente a dos casas del auto motel "La Estrella" casa sin numero de color verde con portón de color blanco, Municipio San Fernando, Estado Apure, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, DE PRISIÓN, por el delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el articulo 80 ambos del código penal venezolano; a la causa 1E-2215-10, en la cual fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, OCHO (08) ME.....