DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
UNICO: Ejecutar la Sentencia recaída en fecha 08-10-08, dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, mediante la cual condenó al ciudadano REDY RENE SALINAS, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, nacido en fecha 12-10-1981, natural de Achaguas, Estado Apure, de profesión u oficio Indefinido, indocumentado, residenciado en la Calle Boulevard, casa N° 22, Diagonal al Hospital Achaguas Estado Apure; condenado a cumplir la pena de (04) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercera aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo Ilícito de Su.....