DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LA EXTINCION DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO, impuesta a el penado: CRUZ MARIA RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.242.321, residenciado en Urb. El Nazareno, Vereda 2, casa N° 32, Municipio Achaguas Estado Apure; de conformidad con lo establecido en el articulo 105 del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, a la Defensa, al penado. Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.
DRA. YULI BALI ARVELO.
Continúan las firmas...
LA SECRETARIA,
ABG. KATIANA LUSINC.....