PRIMERO: Se Ejecuta la Sentencia al penado: CORTEZ PERERA PEDRO CELESTINO, titular de la cedula de identidad Numero V-6.239.417, venezolana, natural de San Rafael de Atamaica, nacido en fecha 19-05-1958, hija de Celsa Cortez (v) y Nicomide Pereira (f), de profesión maestro en la unidad educativa Daniel Oleris, Municipio San Fernando de Apure, residenciado: "Barrio San José II, calle 5, al final, casa Nº 33, San Fernando de Apure, Estado Apure; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTACION, previsto y sancionados en el artículo 405 y 80 del Código Penal Venezolano y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionados en el artículo 277 del ejusdem.
SEGUNDO: Se difiere la Ejecución de la Pena, hasta tanto se le realicen al penado el Informe Psicosocial, por el organismo competente del Ministerio del Interior y Justicia, para lo cual se remitirá copia certificada de la sentencia firme y.....