II
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Fundamento en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo Nº 62, ACUERDA; con lugar la solicitud de permiso planteada por el Penado: INFANTE ANTONIO JOSÉ, titular de la cédula de identidades N°. 19.405.807, para ser trasladado el día sábado 19 de Noviembre de 2011 hasta la actividad que tendrá como punto de inicio el Monumento de San Fernando, y como lugar de culminación la sede de la Policía Municipal de esta ciudad, debiendo tomarse todas las seguridades del caso, para evitar la evasión del penado en mención. Una vez culminada la actividad, debe ser devuelto hasta las instalaciones del centro penitenciario de esta ciudad. Ofíciese al Director del Internado Judicial. Ofíciese al Comandante de la Guardia Nacional de.....