DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado: CARVAJAL GONZALEZ NESTOR DANIEL, titular de la cédula de identidad Nº 13.734.914, venezolano, mayor de edad, residenciado en el sector caja de agua, calle vista alegre, casa blanca s/n, por detrás del ambulatorio rural nº 02, Bruzual Estado Apure, por la comisión del Delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Articulo 277 del Código, contados a partir de la presente fecha, se presentara por ante la Coordinación Zonal Nº 6 de San Fernando de Apure, Estado Apure, por un lapso de DOS (02) AÑOS, tiempo en que cumple la pena; debiendo someterse a las condiciones siguientes:
1. Ubicarse laboralmente de manera estable, de lo cual d.....