Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se Ejecuta la Sentencia dictada en fecha 02-04-08, por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, mediante la cual condenó al ciudadano: DENNYS RAMÓN MONTOYA BLANCO; venezolano, soltero, de 23 años, residenciado en las orillas de Río Apure, diagonal al Puente Maria Nieves, titular de la Cédula de Identidad Nº indocumentado; condenado a cumplir la pena de UN (1) AÑO CUATRO (4) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 4to del Código Penal Venezolano en concordancia con el artículo 80 Ejusdem.
SEGUNDO: Diferir la Concesión y Ejecución de la Suspensión Condicional de l.....