DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION POR PRESCRIPCION DE LA PENA, impuesta al penado: FRILGAR RAFAEL TIRADO ALCANTARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 13.640.877, Soltero, residenciado en el Barrio la Defensa, calle Principal, Casa S/N, al lado de la Escuela Cristo Rey, San Fernando Estado Apure, de conformidad con lo establecido en el articulo 112 ordinal 1° y tercer aparte del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse evidentemente prescrita. Y así se decide. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, a la Defensa. Ofíciese a la División de Antecedentes Penales. Firme el presente pronunciamiento remít.....