DISPOSITIVA
Concluida la vista oral de la presente causa y una vez oídas las deposiciones de las partes y los testigos, y examinados todos los medios de pruebas traídos al debate, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: Inocente al acusado JOSÉ GREGORIO RIVAS, venezolano, de 36 años de edad, soltero, albañil, titular de la Cédula de Identidad N° 9.598.431, domiciliado en el Barrio la Hidalguía calle Principal S/N. de esta ciudad, de San Fernando de Apure; en consecuencia lo ABSUELVE del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el Articulo 455, ordinal 4° del Código Penal, que le fue imputado por el ministerio Público, en perjuicio del ciudadano JOSÉ GREGORIO AVILA BOLIVAR; todo en virtud de lo establecido en los Artículos 13, 22 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 numera.....