De seguida el juez expone: Este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, para el pronunciamiento de la sentencia advierte a las partes que baso su decisión en el análisis de los fundamentos de hecho y de derecho presentados durante el debate oral y publico, es decir, en base al hecho acusado y al hecho probado con los distintos medios probatorios evacuados en la misma y habiéndose efectuado las deliberaciones respectivas de todas y cada una de las pruebas, dicho esto este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CULPABLE, a la ciudadana FLOR MARIA RODRIGUEZ HURTADO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 7.015.048, por la comisión del delito de Injuria Agravada, delito este previsto y sancionado en el artículos 444, primer aparte del Código Penal, en perj.....