PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: CARLOS ALBERTO TOVAR FRANCO, venezolano, mayor de edad, natural de San Fernando Estado Apure, nacido el 30-5-1984, titular de la Cedula de Identificación personal Nº 21.004.015, soltero, ocupación u oficio taxista, residenciado Avenida Carabobo, frente a la funeraria cristo Rey, del Estado Apure, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal; como materializado en perjuicio de NELIDA DEL CARMEN DAZA y YORVIS ARTURO FAJARDO SALINAS. En consecuencia, se condena al ciudadano: CARLOS ALBERTO TOVAR FRANCO, titular de la Cédula de Identidad N° 21.004.015, ya identificado, a cumplir la PENA DE SEIS (6) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal, numeral 1° en relación a la inhabilitación política por el tiempo que dure la condena, en el establecimiento y en las condiciones que a tal efecto designe el co.....