este Tribunal Primero Unipersonal de Juicio del Circuito judicial penal del estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA: al ciudadano JOSÉ MANUEL PULIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.512.017, hijo de Delia Pulido y Pedro Tovar, residenciado en el Barrio San José Calle Principal cerca de la Escuela San Fernando de Apure, a cumplir la pena de Un (01) año y Seis (06) meses de prisión, mas las accesorias legales, por encontrarlo responsable del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, Previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal venezolano; cometido en perjuicio DEL Estado Venezolano, en el establecimiento que a tal efecto designe el tribunal de ejecución correspondiente en virtud de las partes haber renunciado al lapso de apelación.
Se mantiene la Privación Judicial Preventiva de libertad impuesta por el tribunal Segundo de Control. Contra la presente decisión procede r.....