DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La pérdida de la Inmediación en la presente causa signada: 1M-521-10, según nomenclatura de este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, seguida al ciudadano: JOSE RAMON BENAVIDEZ PACHECO, titular de la Cédula de Identidad Nº V 17.337.628, por la presunta comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 374, ordinal 1del Código Penal.
SEGUNDO: Se fijan las 09:00 horas de la mañana del día: 23-02-12, para que tenga lugar el acto de inicio del Juicio Oral y Publico en la presente causa.
Notifíquese. Cítese. Cúmplase.
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY
JUEZ TITULAR PRIMERO DE JUICIO
LA SECRETARIA,.....