DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a las previsiones del Art. 366 Y 367 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
PRIMERO: CULPABLE, a la ciudadana: ROSA DEL CARMEN URRUTIA, venezolana, natural de San Fernando de Apure, nacida el día: 10-09-1.957, de 54 años de edad, de estado civil soltera, titular de la cedula de identidad personal Nº 10-622.825, de oficio del hogar y residenciada en el Barrio "Cristo Rey", segunda transversal, casa sin numero de la ciudad de San Fernando del Estado Apure; de la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION MENOR, previsto y sancionado en el Segundo aparte del Art. 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el Art. 163, numeral 7° ejusdem; que le endilgara la Fisca.....