DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este tribunal primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en los Arts. 244 y 264, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD formulada por la Abogada. Maria Pérez Colmenares, inscrita en el Inpre abogado bajo el Nº 30.098; actuando en su condición de Defensora Publica Séptima Penal del ciudadano: JOSÉ MANUEL AQUINO IBARRA, venezolano, mayor de edad, nacido el día: 17-10-1.985, hijo de José del carmen Aquino y de Carmen Graciela Ibarra de estado civil Soltero, Titular de la Cedula de Identidad personal Nº 22.576.009, y residenciado en el barrio "La Morenera", calle Nº 12, casa S/N cerca del Terminal de transporte publico; acusado en la presente causa por la presunta comisión del delito de ASALTO A TAXISTA , previsto y sancionado en el último aparte de.....