DECLARA: PRIMERO: INOCENTE, a la ciudadana CRUZ MARIA CASTILLO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 9.870.391, nacida el 04-05-1964, soltera, residenciado en Barrio José Antonio Páez, calle José Antonio Páez, casa 15, San Fernando, Estado Apure, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, delito este previsto y sancionado en el artículos 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio de la Colectividad, en consecuencia se absuelve a la ciudadana antes mencionada de cumplir pena alguna. SEGUNDO: Regístrese el legajo contentivo de la causa hasta el archivo judicial, firme como queda el dictamen emitido. Se da por notificadas a las partes del presente fallo. Publíquese, regístrese, diaricese, déjese copia en archivo y remítase el expediente en su debida oportunidad a la oficina que corresponda. Se deja constancia que el Tribunal se reserv.....