PRIMERO: INOCENTE, al ciudadano: JOSE MARUAM ECHTAY RAMOS, venezolano, de 42 años de edad, casado, nacido el 03-03-1070, titular de la Cédula de Identidad N° 14.693.899 y residenciado en La Estacada, a 20 kilómetros de Mantecal, Calle El Parque, casa S/N al frente de la cancha, Estado Apure ; por la comisión del delito de EXTORSION, que conforme a las previsiones del Artículo 16 de la Ley Contra El Secuestro y La Extorsión, le endilgara el Fiscal Quinto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Apure como cometido en perjuicio del ciudadano: CESAR LEONARDO PEROZA.
SEGUNDO: Se ordena LA LIBERTAD PLENA del Ciudadano JOSE MARUAM ECHTAY RAMOS, ya identificado desde esta misma sala de audiencia y se decreta el cese de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera decretada en fecha 01-11-10 por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal.