Por todo lo antes expuesto, ME INHIBO de conocer la presente causa de conformidad a las previsiones del artículo 86 ordinal 7mo del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el expediente hasta el Tribunal de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente extensión Guasdualito de éste Circuito Judicial Penal del estado Apure a los fines de que la prosecución del proceso. Igualmente envíese copia certificada del presente auto con anexo de los recaudos pertinentes: (Decisión de la Audiencia, Auto de Apelación y Decisión de la Corte de Apelaciones de fecha 12/11/01 a la Corte de Apelaciones Sección de Adolescentes a los fines legales consiguientes). Notifíquese las partes. Librese lo conducente.-
LA JUEZ, Inhibida.
ABOG. MARIA LUCRECIA BUSTOS.