DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por el Ministerio Público, la cual fue ratificada parcialmente en la oralidad en la audiencia preliminar en esta misma fecha, modificada en cuanto a la solicitud de la calificación jurídica del delito y de la sanción, por cuanto se encuentran llenos los extremos establecidos en el artículo 570 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el adolescente: SEGUNDO: Se admiten las pruebas promovidas por el Ministerio Público en su escrito acusatorio, el cual fue ratificado parcialmente y traído a la oralidad en esta audiencia preliminar, modificado en cuanto a la solicitud de la calificación jurídica y.....