Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA EN INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO APURE, ACUERDA: UNICO: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA , a favor del adolescente iuris IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Vigente para el momento de la comisión del delito. Ello de conformidad a lo previsto en los artículos 565 y 568 de la mencionada Ley Organica para la Proteccion del Niño, Niña y Adolescente Notifíquese a las partes conforme a lo previsto en los artículos 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal. Ordénese lo conducente. Cúmplase.
Jueza,
Nayr Hidalgo de Taquiva.
La Secr.....