IV
Por los Razonamientos de hechos y de derecho precedentes, este TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: EN FORMA UNANIME ABSUELTO PENALMENTE EN FORMA UNANIME ABSUELTA PENALMENTE a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, de la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto en el artículo 31, de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO y en consecuencia se dejan sin efecto las medidas cautelares impuestas en fecha 05 de agosto de 2010 y se otorga la Libertad. Todo ello conforme a lo previsto en los artículos 602, literal "b" , 604 y 605 .....