TERCERO: Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Otorgar permiso a partir del día 03 de diciembre de 2009, por el lapso de diez (10) días continuos, a la penada MARÍA YIRALDA PÉREZ BUSTAMANTE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V. 13.184.921, quien fue condenada por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas quien actualmente se encuentra bajo la Fórmula de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto en el Centro de Tratamiento Comunitario Femenino "Cecilia Ferrero de Romero", para que se traslade hasta Barinas, Estado Ba.....