TERCERO: Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado MERARDO ALEXANDER PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.156.894, residenciado en el Fundo El Tesoro, sector la Arenosa, Guasdualito, Estado Apure, quien fue condenado por el delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375,en concordancia con el artículo 376 del Código Penal vigente para cuando ocurrieron los hechos. En consecuencia, queda MERARDO ALEXANDER PEÑA en LIBERTAD PLENA. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Consejo Nacional Electoral En la debida oportunidad legal, remítase la Causa al Archivo.....