este Tribunal procede a efectuar el cómputo de la pena al Penado: GILBERTO ENRRIQUE TROMPETERO, venezolano, mayor de edad, soltero, con Cédula de Identidad Nº V-14.018.972, natural de la Victoria, Estado Apure.
Condenado por el delito de: ROBO A MANO ARMADA, LESIONES PERSONALES LEVES Y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 460,418 y 278 del Código Penal venezolano, por el Juzgado de Primera Instancia con competencia Múltiple de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 16 de Junio de 1999.
PENA IMPUESTA: Seis (06) años, dos (02) meses, Cinco (05) días y Cinco (05) horas de Presidio.
PENA CUMPLIDA: Cinco (05) años, Cuatro (04) meses, Veinticinco (25) días.
PENA POR CUMPLIR: 09 meses, 09 días, 05 horas.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 31 de Diciembre de 2005 a las 05:00 horas de la mañana.
Observa este Tribunal que el penado ha cumplido una pena de Cinco (05) años, Cuatro (04) meses, Veinticinco (25) días, de conformidad con lo establecid.....