TERCERO: Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado TEMISTOCLES BERMUDEZ PINEDA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nro. C.C-2.555.517, natural de Quinhua, Risaralda, República de Colombia, nacido en fecha 09-07-1940, de estado civil soltero, hijo de Ana Cecilia Bermúdez y Pedro Pablo Pineda, quien fue condenado por la comisión del delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, vigente para el momento que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio del hoy occiso Pedro Antonio Ramírez. En consecuencia, queda Temistocles Bermúdez Pineda en Libertad Plena. Todo de conformidad con el artículo.....