este Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Primero: Oficiar a la Institución de Servicios Jesuita a Refugiados, a los fines de dar respuesta a la comunicación y aceptar la propuesta realizada por dicha institución. Segundo: Autorizar la realización de evaluación psicológica al adolescente sancionado (Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), contra quien se instruye la causa Nro 1E17-05, por la comisión del delito de Hurto Agravado, por psicólogo de la Institución Servicios Jesuita a Refugiados. Tercero: Se fija audiencia para el día Jueves 04-08-05, a las 02:00 horas de la tarde, a los fines de imponer las condiciones para el cumplimiento de las medidas de Liberta.....