Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Impone al joven adulto sancionado (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), la sanción de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de ocho (08) meses., estableciéndose obligaciones de no hacer y hacer. SEGUNDO: En cuanto al cómputo de la sanción se toma como fecha de inicio de cumplimiento de la sanción de Reglas de Conducta impuesta el día de hoy, 01 de noviembre de 2011, la cual será por un lapso de ocho (08) meses la cual culminará en fecha 01 de julio de 2012. TERCERO: Realícese Cómputo de Ejecución de la sanción de Reglas de Conducta. CUARTO: Se ordena oficiar a la Lcda. María Eugenia de Jara, Psicólogo ad.....