este TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA:
PRIMERO: Declarar establecidos los términos de cumplimiento de la sanción de Servicios a la Comunidad impuesta al joven adulto (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quien deberá prestar colaboración como ayudante de albañil en la construcción de la sede de la Fundación Generación de Guerra, ubicada en la Urbanización Francisco Solórzano de esta localidad, por un lapso de seis meses, cada quince (15) días considerando el nuevo lugar de residencia del joven adulto.
SEGUNDO: Autorizar el cambio de residencia al (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos.....