ACUERDA: PRIMERO: Modificar las condiciones para el Cumplimiento de la medida de la Libertad Asistida al adolescente (Se omite la identificación del Adolescente por mandato expreso de los artículos 65 Parágrafo Segundo y 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), residenciado en la Urbanización Altos de Periquera casa Nº 27, sector Pueblo Viejo Guasdualito, Estado Apure, de la siguiente manera: 1.- Obligación de presentarse cada ocho (08) días por ante éste Tribunal. 2.- - Prohibición de concurrir a licorerías, bares, tascas, discotecas u otros sitios donde se expendan bebidas alcohólicas y/o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3.- Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de sus padres, los cuales deberán informar regularmente a este Tribunal. Segundo: Se deja sin efecto la condición de matricularse en una Institución de Educación regular, ello en consideración que el adolescente actualmente esta recibiendo un curso d.....