Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Apure, extensión Guasdualito; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
Primero: Declarar REVISADAS las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA impuestas en fecha 25 de mayo de 2010 y modificadas en fecha 10-11-2010 y 25-07-2011, al joven (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes);.
Segundo: MANTENER las OBLIGACIONES DE HACER consistentes en: 1.- Obligación de realizar una actividad laboral debiendo consignar ante este Tribunal dentro de los quince (15) días siguientes, constancia de trabajo y cada tres (03) meses constancia que acredite que aún se encuentra laborando. 2.- Obligación de presentarse cada c.....