declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO, instaurada por la ciudadana JUSEPPINA DEL CARMEN VIÑA, venezolana, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.583.513, debidamente asistido por la Abogada IRAIDA HERVES, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.700, contra el ciudadano IVAN ALEJANDRO RIVERO DIAZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 12.933.376, según la causal 2° y 3º del Artículo 185 del Código Civil que nos indica "EL ABANDONO VOLUNTARIO DEL HOGAR y LOS EXCESOS, SEVICIA E INJURIAS GRAVES QUE HAGAN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMÚN", en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que los unía. Y ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: PRIMERO: Acuerda la Custodia de los Hnos.(Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente), a la Madre Ciudadana JUSEPPINA DEL CARMEN VIÑA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 360 de la Ley Orgánica .....