DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria, solicitada por la ciudadana YARJELIS KATIUSKA TEJADA OROPEZA, contra el ciudadano JOSE ULISES PESQUERA EVARISTO ampliamente identificados, a favor de los hermanos PESQUERA TEJADA, LORENA KATIUSKA, SAMANTA MERIBETH, YOXARA ELEINETH, conforme al artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como su establecimiento en salarios mínimos urbanos vigentes, en los términos antes expuestos.-