este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana LORDUY JAUREGUI ALIX TERESA, Colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 22.681.036, para que en su condición de madre y representante legal de las Hnas. Se omite de conformidad con el Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del niño, Niña y Adolescente, gestionen por ante todos los organismos competentes, el Cobro de Autorización Judicial que puedan corresponder a las referidas beneficiarias por motivo del fallecimiento de su Padre ciudadano RAMON MARCIAL FUENTES ARAQUE, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 9.071.436. Igualmente queda AUTORIZADA para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben s.....