En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la cuestión previa interpuesta por la parte demandada de autos en el presente proceso y así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 2:00 p.m., del día cuatro (04) de Agosto del año dos mil tres (2003). 193º y 144º.
La Juez,
Dra. ANAID HERNANDEZ
La Secretaria,
Dra. AURY TORRES
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria,
Dra. AURY TORRES