III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: SIN LUGAR la presente acción REIVINDICATORIA intentada por la ciudadana MARIA MAIGUALIDA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.590.963 y de este domicilio, en contra de la ciudadana CARMEN OLINDA RODRÍGUEZ DE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.162.306. Se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 251 del mismo Código. Líbrese boletas.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho de este Juz.....