DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de DIVORCIO, seguida por el ciudadano FELIX ARGENIS MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.272.791 y de este domicilio, en contra de la ciudadana LAURA FABIANA CORREA PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.593.812 y de este domicilio, y así se decide. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial celebrado entre los cónyuges antes mencionados, por ante la Prefectura del Municipio Biruaca del estado Apure el día 20 de febrero de 2002, según Acta de Matrimonio N° 25 acompañada, y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.....