ÚNICO: INADMISIBLE la acción de TERCERÍA ADHESIVA, presentada en fecha 05 de abril del año 2024, por los ciudadanos ORLANDO DEL VALLE MORILLO y ALBERTO ANTONIO MORILLO, hermanos entre sí, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.139.682 y V-11.242.326, respectivamente, domiciliados el primero en la Avenida Carabobo, detrás del edificio "El Gabán", en la ciudad de San Fernando de Apure, estado Apure, y el segundo en la Urbanización "Los Centauros", Calle 3, casa N° 25, de la ciudad de San Fernando de apure, estado Apure, debidamente asistidos por el ciudadano Abogado JAVIER ENRIQUE RODRÍGUEZ ARJONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-8.164.091, inscrito en el Inpreabogado bajos el N° 156.772, con teléfonos móvil N° 0424-3089054, correo electrónico: focajera55@gmail.com, con domicilio Procesal en la Avenida España, terminal de pasajeros "Humberto Hernández", edificio "Chipolino", piso 1, Oficina 1-A, de la ciudad de San Fer.....