DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, constituido como Tribunal Retasador, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que, por motivo de estimación de honorarios profesionales intentara el Abogado JESÚS WLADIMIR CORDOBA BOLIVAR, identificado en autos, en contra de la ciudadana AMARU DEL CARMEN TORREALBA AULAR, identificada en autos. En consecuencia se condena a la demandada a pagarle al demandante, sin plazo alguno, la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CTS. (Bs. 1.300.000,00), fijados por este Tribunal como monto real de los honorarios profesionales que el demandante tiene derecho a percibir por sus actuaciones en el juicio. De conformidad con lo establecido en el artículo 276 del Código de Procedimiento Ci.....