este Tribunal SE DECLARA INCOMPETENTE POR RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer de este proceso; en consecuencia, se Declina la Competencia al JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, razón por la cual, se ordena remitir en su oportunidad el presente expediente original con oficio al Juzgado considerado competente por este Tribunal, de conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide. Líbrese Oficio.
LA JUEZA.
Dra. ANAID HERNANDEZ ZAVALA.
LA SECRETARIA.
Abg. AURI TORRES LAREZ.
AHZ/carlos