Visto lo anterior, y en virtud de que evidentemente se desprende de las actas que conforman el expediente que se encuentran demandada la empresa VIVIENDAS EN GUARNICIÓN C.A., compañía esta vinculada directamente con el Estado Venezolano, ya que a todas luces tanto el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES (IPSFA) y el MINISTERIO DE LA DEFENSA, son entes relacionados con la Nación, siguiendo el criterio establecido por la Sala Político Administrativa de nuestro Más Alto Tribunal de Justicia, la acción intentada, a pesar de ser de naturaleza Civil, adquiere particular importancia con la participación de funcionarios que representan el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES (IPSFA) y el MINISTERIO DE LA DEFENSA, razón por cual considera éste Tribunal que NO ES COMPETENTE POR RAZÓN DE LA MATERIA para conocer la presente causa.
TERCERO: De lo anterior se infiere que el Tribunal competente en razón de la materia para conocer de la presente .....