Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD ACTIVA, alegada por ciudadana CARMEN ADELAIDA BLANCO DE ESPAÑA, venezolana mayor de de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.872.148, domiciliada en la tercera transversal, casa N° 34, Barrio 9 de Diciembre de esta ciudad de San Fernando de Apure, Municipio San Fernando, Estado Apure, por intermedio de sus apoderados judiciales ciudadanos Abogados RUBÉN DARÍO PEÑALVER CABRERA y MARCOS ANTONIO CASTILLO BETANCOURT, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.232.822 y V-9.591.102, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 266.210 y Nº 36.101, respectivamente, con domicilio procesal en la Avenida Caracas, U.....