En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la Abg. ROSA NAHIR MOTA, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en fecha once (11) de Octubre de 2.006.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por la ciudadana DORIS MOTA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-889.111 y de este domicilio, en contra de la ciudadana CLEMIDES ABIGAIL BOHORQUEZ RATTIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.325.942 y de este domicilio, y así se decide. En consecuencia, se condena a la ciudadana CLEMIDES ABIGAIL BOHORQUEZ RATTIA a desocupar y entregar a la ciudadana DORIS MOTA COLMENARES, el inmueble constituido.....