Vencido el lapso otorgado, y ante la exposición realizada por la parte actora y el apoderado judicial de la parte demandada éste Tribunal acuerda SUSPENDER EL PRESENTE TRÁMITE JUDICIAL POR UN PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS DE DESPACHO, contados a partir del día siguiente al de hoy, a fin de que las partes que conforman el presente juicio lleguen a un acuerdo que permita beneficiar a ambos, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.
Finalizadas como han sido las exposiciones de las partes, se cierra la presente Audiencia Conciliatoria siendo las 10:45 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Temporal.
Abg. AURI TORRES LÁREZ.
La parte demandante.
Abg. MARIANELA DE JESÚS SUÁREZ BARRIOS
El apoderado judicial de la parte actora
Abg. PEDRO M. SUÁREZ BARRIOS Abg. PEDRO O. SOLÓRZANO REYES
El Alguacil Titular.
Abg. DANIEL ALEJANDRO ROSALEZ SILVA.
El Secreta.....